"ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DE NEUQUEN (EPEN) C/ COLANTONIO LUCIANA S/ INCIDENTE DE APELACION" /

"ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DE NEUQUEN (EPEN) C/ COLANTONIO LUCIANA S/ INCIDENTE DE APELACION" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II - 11 p. pdf.

[...] si el juez de la causa ha tenido motivos suficientes como para determinar la suspensión de la prestación de tareas, en este caso, de quién fuera delegada gremial, haciendo excepción a la regla de la no alteración de las condiciones de trabajo con el objeto de no afectar la actividad sindical, que es la finalidad primordial de la tutela consagrada por la Ley 23.551, debo entender que existen motivos graves y suficientes para así decidir. Luego, ante tal nitidez –presupuesta- del “humo del buen derecho”, no cabe sino concluir en que la suspensión ha de ser sin goce de haberes, y haciendo reserva, claro está, de la posibilidad de reclamar los salarios caídos durante su vigencia, de acuerdo con el resultado de la acción principal. 2.- Se equilibran los derechos comprometidos en una acción de exclusión de la tutela sindical, ya que por un lado se encuentra el derecho del empleador a sancionar o despedir al trabajador ante incumplimientos a sus deberes, con posibilidad de solicitar una medida precautoria tendiente a eximirlo del débito laboral, ante situaciones de peligro para los bienes o las personas concretas y graves; y por otro, el derecho del representante sindical de cumplir con su función, desalentando y sancionando toda práctica impeditiva de la misma. Así, el empleador no se ve obligado a abonar salarios durante la vigencia de la medida cautelar, no premiándose al trabajador incumplidor, aún cuando cuente con tutela sindical, pero supeditado al resultado de la acción de exclusión de tutela sindical, ya que de no prosperar ella deberá abonar al trabajador tutelado los salarios caídos.

4/5/16



ACCION DE EXCLUSION DELEGADA GREMIAL EMPLEADO PUBLICO MEDIDAS CAUTELARES SUSPENSION PREVENTIVA SIN GOCE DE HABERES TUTELA SINDICAL

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