"MUNICIPALIDAD DE SENILLOSA C/ ENSI S.E. S/ APREMIO" /

"MUNICIPALIDAD DE SENILLOSA C/ ENSI S.E. S/ APREMIO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III - 2016 - 4 p. pdf

Cabe confirmar la sentencia que hace lugar a la excepción de inhabilidad de título interpuesta, pues el certificado de deuda emitido por el municipio ejecutante, mediante el cual se reclama el pago de tasa por habilitación y derecho de inspección, para que revista el carácter de título ejecutivo -teniendo en cuenta la literalidad, autosuficiencia y autonomía que debe revestir dicho título- necesariamente tiene que indicar las normas u ordenanzas municipales pertinentes que habiliten su emisión, lo que luce ausente. Ello es así, para permitirle al Juez no solo verificar el cumplimiento de los requisitos de emisión (autoridad competente y demás formalidades exigidas por la legislación aplicable), que hacen a los requisitos extrínsecos del instrumento, sino también para salvaguardar el derecho Constitucional de Defensa de la parte, a fin de posibilitarle -dentro del estrecho marco cognoscitivo que caracteriza al procedimiento de apremio- controlar el cumplimiento de las formalidades establecidas por la legislación aplicable.

15/03/2016



APREMIO CERTIFICADO DE DEUDA EXCEPCION DE INHABILIDAD DE TITULO FORMALIDADES DEL TÍTULO OMISIONES PROCESOS DE EJECUCIÓN TASA POR HABILITACION Y DERECHO DE INSPECCION TITULO INHABIL

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