"S.E.C.N.E.R. Y OTROS C/CASINO MAGIC NEUQUEN S.A. S/INCIDENTE DE APELACION E/A: 536553/2022" /

"S.E.C.N.E.R. Y OTROS C/CASINO MAGIC NEUQUEN S.A. S/INCIDENTE DE APELACION E/A: 536553/2022" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I - 2023 - 5 p. pdf

La resolución por la cual se rechazó el pedido de citación de tercero realizado por la actora debes ser confirmada, ya que, de los términos de la pretensión no surge que el tercero, según las normas del derecho sustancial, hubiera estado legitimado para ser demandado por esta vía, repárese que ni siquiera se dice en qué carácter se pretende esa citación, como tampoco se individualiza ni se indica concretamente qué acción de regreso eventualmente plantearía. Así, no se señala ni funda ninguno de los supuestos comprendidos en la norma -Art. 94 del CPCyC- en que se sustenta el pedido de citación.

28/06/2023

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