"FUNDACIÓN AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (FARN) C/ PROVINCIA DE NEUQUEN S/ ACCIÓN DE AMPARO" /

"FUNDACIÓN AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (FARN) C/ PROVINCIA DE NEUQUEN S/ ACCIÓN DE AMPARO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II - 2022 - 7 p. pdf

La resolución que intima a la parte demandada a dar cumplimiento de manera íntegra a la sentencia de autos, dentro del plazo de dos días, bajo apercibimiento de aplicar astreintes a razón de 1 JUS por cada día de retardo debe ser confirmada, por cuanto no habiéndose brindado la información requerida en la condena de autos, corresponde requerir su presentación, bajo apercibimiento de aplicar astreintes, conforme se ha resuelto en la instancia de grado, sin que pueda oponerse a esa decisión el hecho que formalmente se acompañó documentación en el plazo indicado en el fallo de primera instancia.

15/06/2022

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