"POLANCO MARCIA DEL CARMEN C/ S.A. IMPORT. Y EXPORT. DE LA P S/ DESPIDO POR OTRAS CAUSALES" /
"POLANCO MARCIA DEL CARMEN C/ S.A. IMPORT. Y EXPORT. DE LA P S/ DESPIDO POR OTRAS CAUSALES" /
Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
- 2019
- 26 p. pdf
No corresponde liquidar las horas extras reclamadas en base a las excepciones al límite de horas diarias o semanales permitidas, de 8 o 48 horas respectivamente, del art. 3 de la ley 11.544, en función de la modificación introducida por la ley 26.597, toda vez que en el caso la reforma operó con posterioridad a la ruptura contractual y no contiene reglas de retroactividad. Sumado a ello, resulta determinante la circunstancia de que la actora no cuestiona los cálculos realizados por el Magistrado, que denotan que su salario era muy superior al que habría percibido en caso de haber sido categorizada como “Administrativa F” (Incluyendo el pago de las horas extras y adicionales reclamados), lo que impide considerar que, su categorización como “jerárquica”, haya obedecido a la intención de concretar un fraude a la ley.
04/07/2019
DERECHO DEL TRABAJO
CONTRATO DE TRABAJO
JORNADA DE TRABAJO
HORAS EXTRAS
PERSONAL JERÁRQUICO
LEY DE JORNADA DE TRABAJO
DISTRACTO ANTERIOR A LA REFORMA
DESPIDO
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO
BASE DE CÁLCULO
No corresponde liquidar las horas extras reclamadas en base a las excepciones al límite de horas diarias o semanales permitidas, de 8 o 48 horas respectivamente, del art. 3 de la ley 11.544, en función de la modificación introducida por la ley 26.597, toda vez que en el caso la reforma operó con posterioridad a la ruptura contractual y no contiene reglas de retroactividad. Sumado a ello, resulta determinante la circunstancia de que la actora no cuestiona los cálculos realizados por el Magistrado, que denotan que su salario era muy superior al que habría percibido en caso de haber sido categorizada como “Administrativa F” (Incluyendo el pago de las horas extras y adicionales reclamados), lo que impide considerar que, su categorización como “jerárquica”, haya obedecido a la intención de concretar un fraude a la ley.
04/07/2019
DERECHO DEL TRABAJO
CONTRATO DE TRABAJO
JORNADA DE TRABAJO
HORAS EXTRAS
PERSONAL JERÁRQUICO
LEY DE JORNADA DE TRABAJO
DISTRACTO ANTERIOR A LA REFORMA
DESPIDO
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO
BASE DE CÁLCULO