"M. L. V. C/ B. K. M. G. S/ VIOLENCIA DE GENERO LEY 2786" /

"M. L. V. C/ B. K. M. G. S/ VIOLENCIA DE GENERO LEY 2786" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III - 2019 - 6 p. pdf - Fallo con Perspectiva de Género .

Ante la presencia de violencia en el ámbito específico -en el presente caso en el ámbito laboral- el objetivo de la ley no se agota con el dictado de una medida cautelar a fin de hacer cesar dicha violencia o con la imposición de una sanción, sino también con las acciones destinadas a: “restablecer la situación de equilibrio conculcada por la violencia”. Por lo tanto, sin pretender con ello inmiscuirme en el ámbito laboral de la empleadora, sugiero que para evitar una mayor conflictiva personal y laboral entre las partes, se tenga en cuenta lo aconsejado en el informe médico, a fin de que la actora cumpla sus funciones en otra sucursal distinta de donde trabaja el denunciado.

16/05/2019




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