"MUNICIPALIDAD DE NEUQUEN C/ QUINTANA JOSE WALTER S/ APREMIO" /

"MUNICIPALIDAD DE NEUQUEN C/ QUINTANA JOSE WALTER S/ APREMIO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II - 2018 2016 - 6 p. pdf

Debe ser confirmada la sentencia que manda llevar adelante la ejecución por cobro de tasa municipal, por cuanto el certificado de deuda indica que se ha cursado la intimación pertinente con fecha 11 de mayo de 2016 –requisito sine que non para la emisión del certificado de deuda-, y sobre la recepción de tal comunicación nada ha dicho el ejecutado, por lo que debe entenderse que la ha recibido. De lo dicho se sigue que no surge de modo evidente la existencia de irregularidades en el proceso de conformación del certificado de deuda, que lo invaliden como tal.

20/12/2018




APREMIO
APREMIO
TASA MUNICIPAL
ORDENANZA MUNICIPAL
CERTIFICADO DE DEUDA
PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR NO PAGO DE TASA DE UTILIZACION DE ESPACIOS PUBLICOS
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