"C. V. B. S/ SITUACION LEY 2212" /

"C. V. B. S/ SITUACION LEY 2212" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala II - 2018 - 3 p. pdf

Si bien esta Alzada ha admitido la posibilidad de que el Tribunal reconozca y enmiende sus propios errores, sea de oficio o a petición de parte, a través del recurso de revocatoria in extremis, el planteo del quejoso supera su marco, por cuanto no está dirigido a la enmienda de errores sino que implica efectuar un nuevo estudio de la decisión. Por estas consideraciones, ambos recursos – nulidad y revocatoria en extremis en subsidio-, resultan improcedentes y serán rechazados.

27/09/2018



RECHAZO RECURSO DE NULIDAD RECURSOS REVOCATORIA IN EXTREMIS

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