"M. V. M. C/ I.S.S.N. S/ ACCION DE AMPARO" /

"M. V. M. C/ I.S.S.N. S/ ACCION DE AMPARO" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III - 2018 - 5 p. pdf

Corresponde revocar el auto que intima a la Obra Social a dar cobertura al tratamiento de fertilización asistida, pues para los tratamientos de alta complejidad, como en este caso particular, el número máximo al que estaba obligada la Obra Social a cubrir en un 100%, es el de tres intervenciones de este tipo, respetando los intervalos mínimos de tiempo consagrados en la legislación mencionada, habiendo cumplido la Obra Social demandada con la totalidad de los tratamientos de alta complejidad (3), dispuestos en la sentencia, con sustento en el art. 8 del Decreto Reglamentario N° 956/2013.

12/09/2018



ACCIÓN DE AMPARO FERTILIZACION ASISTIDA OBRA SOCIAL

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