"CRLJENKO JOSE OMAR NATALIO C/ CAJA DE SEGUROS S.A. S/ COBRO DE SEGURO POR INCAPACIDAD" /

"CRLJENKO JOSE OMAR NATALIO C/ CAJA DE SEGUROS S.A. S/ COBRO DE SEGURO POR INCAPACIDAD" / Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala III - 2018 - 11 p. pdf

1. -“…será procedente la aplicación de la Ley de Consumo por sobre las disposiciones de la Ley de Seguros, siempre que en el caso concreto exista relación de consumo y sus cláusulas no invaliden el régimen específico de que se trate, sino que lo complementen y amplíen”. (conf. “QUEZADA LILIANA DEL VALLE CONTRA CAJA DE SEGUROS S/ COBRO DE SEGURO POR INCAPACIDAD” - Expte. Nº 443250/2011). 2.- La conclusión a la que arriba la juez de grado que hizo lugar al pago del seguro adicional por incapacidad absoluta peticionado por el actor, resulta una justa comprensión de la aplicación de la Ley de Consumo al contrato de seguro de vida adicional, y a la interpretación de sus cláusulas teniendo en cuenta el principio de buena fe, el deber de información, y la finalidad tuitiva y naturaleza alimentaria de este tipo de seguros.

07/06/2018



COBERTURA DEL SEGURO INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE INTERPRETACION DEL CONTRATO LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR NATURALEZA JURÍDICA ORDEN PUBLICO SEGURO COLECTIVO SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO Y ADICIONAL SEGUROS

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