"VILLEGAS JOSE RAMON C/ FOSATTI CARLOS A. Y OTRO S/ PRESCRIPCION” /
"VILLEGAS JOSE RAMON C/ FOSATTI CARLOS A. Y OTRO S/ PRESCRIPCION” /
Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería - I Circunscripción Judicial - Sala I
- 2017
- 6 p. pdf
1.- En los juicios de usucapión la prueba rendida debe reunir condiciones de exactitud, claridad y precisión, y la magistratura debe analizarla con estrictez, atento los valores involucrados y las consecuencias que se derivan cuando se acoge la demanda. 2.- Si los elementos aportados deben analizarse con suma prudencia y sólo acceder a la petición cuando los extremos acreditados lleven absoluta certeza al Juzgador sobre los hechos afirmados, el déficit probatorio que se observa en el caso, conduce a confirmar la solución brindada, en el sentido de no tener por acreditada la existencia de la posesión del inmueble por el término de 20 años para usucapir.
15/06/2017
APRECIACION DE LA PRUEBA PROCESOS ESPECIALES RECURSO DE APELACION USUCAPION
1.- En los juicios de usucapión la prueba rendida debe reunir condiciones de exactitud, claridad y precisión, y la magistratura debe analizarla con estrictez, atento los valores involucrados y las consecuencias que se derivan cuando se acoge la demanda. 2.- Si los elementos aportados deben analizarse con suma prudencia y sólo acceder a la petición cuando los extremos acreditados lleven absoluta certeza al Juzgador sobre los hechos afirmados, el déficit probatorio que se observa en el caso, conduce a confirmar la solución brindada, en el sentido de no tener por acreditada la existencia de la posesión del inmueble por el término de 20 años para usucapir.
15/06/2017
APRECIACION DE LA PRUEBA PROCESOS ESPECIALES RECURSO DE APELACION USUCAPION